La Corte Suprema ha confirmado la sentencia que rechaza el recurso de amparo presentado por la defensa del estudiante de iniciales H.C.M.L., quien está imputado por el homicidio de una inspectora en el Instituto Obispo Silva de Calama. Este joven enfrenta acusaciones por homicidio calificado y cuatro homicidios frustrados, hechos que ocurrieron a finales de marzo en el mencionado establecimiento educacional.
En un fallo dividido, la Segunda Sala del máximo tribunal descartó que existiera un error en la sentencia impugnada, la cual había sido dictada por la Corte de Apelaciones de Antofagasta. La defensa había solicitado la suspensión del procedimiento alegando enajenación mental, pero el tribunal argumentó que no hay suficientes pruebas que sostengan esta afirmación.

Trágico accidente: pasajera joven fallece tras choque con burro
La Corte sostuvo que, aunque la sospecha de enajenación mental del imputado requería ciertas evaluaciones, los antecedentes presentados no evidencian una incapacidad de entender la ilicitud de sus actos. Los informes psicológicos indican que el joven presenta rasgos de personalidad que no se consideran como enajenación mental, y además existe evidencia de una planificación previa del delito.
Finalmente, la Suprema resolvió confirmar la sentencia del 15 de abril, pero ordenó la realización de un nuevo informe pericial sobre las facultades mentales del imputado por parte del Servicio Médico Legal. Este caso ha captado la atención pública, y la decisión de la Corte subraya la seriedad con la que se trata la violencia en los entornos educativos.

