El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) ha confirmado la instrucción de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) que ordena a Transbank cesar el servicio de adelantamiento de cuotas. Esta decisión se enmarca en un procedimiento no contencioso iniciado en 2024 por el proveedor de servicios de pago Flow S.A., quien argumentó que la prohibición del servicio afectaba las condiciones de competencia en los mercados de adquirencia y crédito.
El TDLC concluyó que no se presentaron antecedentes suficientes que demostraran que la prohibición del servicio de adelantamiento de cuotas (ADC) impactaría de manera significativa la capacidad competitiva de los operadores ni de los comercios. Según el tribunal, los efectos negativos que se atribuyen a la prohibición son especulativos y carecen de sustento fáctico.

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Además, el tribunal señaló que existen alternativas de financiamiento para que los proveedores de servicios de pago (PSP) y los comercios puedan ofrecer este tipo de servicios. El servicio de adelantamiento de cuotas permite a los comercios recibir el total de una transacción realizada en modalidad de “cuotas sin interés”, a cambio de un pago por el monto a valor presente.
El abogado José Antonio Gaspar, profesor de Derecho UC, destacó que el TDLC considera que la orden de la CMF no es contraria a la libre competencia, al no evidenciar efectos significativos para los operadores, PSP, comercios y consumidores. Sin embargo, también afirmó que decisiones administrativas de la CMF podrían ser revisadas no solo desde el ámbito legal, sino también desde la perspectiva de libre competencia, lo que abre un debate importante sobre la regulación en el sector financiero.

