La muerte de una niña de dos años tras caer desde el piso 11 de un edificio en Las Condes generó conmoción pública inmediata. Sin embargo, para quienes trabajan diariamente en Tribunales de Familia, el caso expone una realidad silenciosa y frecuente: las tensiones entre el derecho de los niños a mantener vínculo con ambos padres y las condiciones de seguridad.
Según los antecedentes, la menor estaba con su padre en el marco de una relación directa y regular decretada judicialmente. A pesar de que la instalación de mallas de seguridad había sido parte del acuerdo entre ambos progenitores, el ventanal desde donde ocurrió la caída no contaba con esa protección. Este aspecto resulta especialmente delicado, ya que refleja algo común en causas de familia que rara vez se aborda públicamente.

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Muchas madres solicitan las medidas de seguridad necesarias en departamentos ubicados en altura, como mallas y seguros en ventanas. Sin embargo, estas solicitudes suelen ser rápidamente deslegitimadas. Existe una tendencia a considerar estas exigencias como parte de un conflicto entre adultos, ignorando la preocupación real sobre la seguridad infantil. Esto revela una comprensión limitada sobre lo que implica cuidar a un niño pequeño.
El caso impacta de manera brutal porque la necesidad de instalar mallas había sido advertida antes de la tragedia. La preocupación por el entorno físico donde la niña permanecería era legítima, pero seguimos funcionando bajo la lógica de que ciertas medidas preventivas son exageradas hasta que ocurre una tragedia irreversible. Esta situación obliga a revisar la normalización de la desestimación de preocupaciones parentales legítimas que podrían prevenir tales incidentes.

