La Tercera Sala de la Corte Suprema ha delineado nuevas restricciones sobre el principio de confianza legítima para funcionarios públicos, estableciendo que este principio no ampara a aquellos que posean antecedentes disciplinarios. Este fallo unánime se produce en el contexto de una investigación penal y un sumario administrativo en curso, que afectan la continuidad de los vínculos laborales de los empleados fiscales con más de cinco renovaciones de contrato.
El criterio del tribunal se fundamenta en el hecho de que la renovación reiterada de nombramientos genera una expectativa legítima de continuidad en el empleo. Sin embargo, la Corte ha sido clara en señalar que una investigación penal o un sumario administrativo son antecedentes suficientes para desestimar esta expectativa y proceder a la desvinculación de los funcionarios.

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El caso que dio origen a este nuevo pronunciamiento involucró a dos funcionarios de la Seremi de Bienes Nacionales de Arica y Parinacota, quienes, a pesar de tener más de 12 años en sus cargos y sin sanciones anteriores, fueron desvinculados debido a acusaciones penales y administrativas en su contra. Ambos alegaron que esta decisión vulneraba su presunción de inocencia, un argumento que fue rechazado por la Corte de Apelaciones de Arica.
Finalmente, la Corte Suprema reafirmó que la confianza legítima no se puede invocar si existen antecedentes que afecten la idoneidad del funcionario. Este nuevo criterio establece límites claros a la protección de los derechos de los empleados a contrata en la administración pública, destacando la importancia de la integridad y responsabilidad en el desempeño de funciones públicas.
