La Corte Suprema de Chile ha acogido el exequatur solicitado, permitiendo el cumplimiento de las resoluciones que ordenan el cobro del canon de arriendo de un departamento ubicado en la calle Pocuro, comuna de Providencia, que pertenece a la Federación Rusa.
En un fallo unánime (causa rol 55.886-2024), la Primera Sala del máximo tribunal, compuesta por los ministros Arturo Prado Puga, Mauricio Silva Cancino, María Soledad Melo Labra y los abogados (i) Raúl Fuentes Mechasqui y José Miguel Valdivia Olivares, determinó que se cumplen los requisitos para llevar a cabo este cumplimiento en el país de las sentencias dictadas por tribunales extranjeros.

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El fallo señala que se ha verificado que las sentencias emitidas por el Tribunal de Distrito de Basmanny, el Tribunal de Apelaciones y el Tribunal Segundo de Casación de la Jurisdicción Ordinaria, todos de Moscú, no contravienen la normativa nacional chilena. Estos tribunales se pronunciaron sobre un juicio de terminación de contrato de arrendamiento y condenaron a la parte demandada a la restitución del inmueble.
Además, se destaca que la parte requerida fue debidamente notificada y compareció ante los tribunales, cumpliendo con las exigencias del Código de Procedimiento Civil. De esta forma, la Corte accedió a la solicitud de exequatur, autorizando que se cumplan en Chile las sentencias emitidas por los tribunales rusos, que ordenan desalojar el inmueble y pagar las rentas adeudadas a la entidad correspondiente, EFEU ‘Goszagransobstvennost’.
Finalmente, se establece que el cumplimiento de la sentencia extranjera deberá solicitarse ante el tribunal civil que corresponda, siguiendo los procedimientos establecidos por la ley chilena.

