Desde este domingo 26 de abril rige la jornada de 42 horas semanales. Sin embargo, algunos empleadores están intentando cumplir esta reducción de manera ilegal, imputando el tiempo de colación como parte del ajuste horario. Si te encuentras en esta situación, debes saber que estás ante una infracción denunciable.
En Chile, la hora de colación no es tiempo remunerado en el régimen general. Este descanso mínimo de 30 minutos, que la ley obliga a otorgar, no forma parte de la jornada laboral efectiva. Por lo tanto, no puede ser utilizado como justificación para argumentar que se está cumpliendo con la reducción de horas.

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Lo que algunas empresas han estado haciendo es presentar el tiempo de almuerzo como si fuera una hora menos de trabajo. Esto significa que el trabajador no gana nada, ya que continúa ingresando y saliendo a la misma hora. Con la implementación de la nueva fase de la ley, los dictámenes de la Dirección del Trabajo son claros: esto no es válido.
Además de la colación, hay otras dos reglas que deben cumplirse desde este domingo. Ningún empleador puede reducir el sueldo mensual como consecuencia de la reducción de jornada, lo que está prohibido por la ley. Asimismo, las dos horas que se restan no pueden diluirse en minutos distribuidos a lo largo de la semana; deben descontarse en bloques completos o acordarse de otra forma con el trabajador.
Si tu empresa no está cumpliendo con estas normativas, la Dirección del Trabajo es el organismo encargado de fiscalizar. Las empresas que no ajusten sus registros y turnos enfrentan multas que van desde 3 hasta 60 UTM por cada trabajador afectado, lo que equivale a entre $209.000 y $4,2 millones, dependiendo del tamaño del empleador. La denuncia puede realizarse de forma gratuita y confidencial en dt.gob.cl o en la Inspección del Trabajo de tu comuna.

